Últimas entradas

Cómo aumentar las ventas en Navidad

Todas las empresas pueden aumentar las ventas en Navidad sacándole partido a su CRM para seducir a sus clientes

Los 3 requisitos para determinar que los desplazamientos computan como tiempo de trabajo

El TJUE aborda las claves para saber si los desplazamientos computan como tiempo de trabajo y, por lo tanto, forman parte de la jornada laboral

Las prioridades de la Inspección de Trabajo para los próximos 3 años

Incrementar la vigilancia sobre el tiempo de trabajo o las condiciones salariales es una de las prioridades de la Inspección de Trabajo para 2025, 2026 y 2027

Contratar a un detective para despedir a un trabajador: ¿Quién paga la factura?

Las empresas deben saber que pueden contratar a un detective para despedir a un trabajador, pero deben asumir el coste de sus servicios

¿Qué puede hacer una empresa que sospecha que un trabajador de baja por problemas en la espalda está realizando trabajos físicos que entorpecen su proceso de curación? ¿Cómo demuestra que el profesional está infringiendo la buena fe contractual? Aunque suene a una película de Hollywood, se puede contratar a un detective para despedir a un trabajador.

De tal forma que este profesional pueda recabar pruebas (fotografías, videos, etc.) que evidencien que el trabajador ha incurrido en alguna de las causas de despido disciplinario recogidas en el Estatuto de los Trabajadores.

¿Cuáles son los límites que deben tener en cuenta los negocios al contratar a un detective para despedir a un trabajador? ¿Se pueden usar todas las pruebas para avalar un despido disciplinario? ¿Quién paga el coste de contratar a un detective para despedir a un trabajador?

Disponer de pruebas es indispensable para sancionar a un trabajador o despedirlo

Para que una empresa pueda llevar a cabo un despido disciplinario debe:

  • Asegurarse de que los actos del empleado suponen un incumplimiento grave y culpable y se encuadran dentro de alguna de las 7 causas de despido del artículo 54 del ET: faltas repetidas de asistencia e impuntualidad; indisciplina y desobediencia; ofensas verbales o físicos al empresario o a los compañeros de trabajo; transgresión de la buena fe contractual; disminución continuada y voluntaria del rendimiento laboral; trabajar estando borracho o bajo los efectos de otras drogas cuando afecte al desempeño; y acoso.
  • Notificar al trabajador por escrito la causa de despido y los hechos que motivan la decisión.
  • Poder acreditar el incumplimiento alegado en la carta de despido.

¿Cómo puede una empresa recopilar las pruebas que necesita para demostrar que un trabajador cometió un incumplimiento grave de sus obligaciones? En muchos casos, sobre todo cuando el incumplimiento se lleva a cabo fuera del centro de trabajo, es necesario acudir a un detective privado.

Sí. El artículo 20.3 del Estatuto de los Trabajadores establece que un empresario puede «adoptar las medidas que estime más oportunas de vigilancia y control para verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones y deberes laborales».

Por lo tanto, sí es posible contratar a un detective para despedir a un trabajador o para sancionarlo en caso de que infrinja sus deberes laborales.

Eso sí, las empresas deben guardar la consideración debida a la dignidad de los trabajadores y, además, respetar derechos fundamentales como el derecho a la intimidad y al honor.

Por ejemplo, no es posible que un detective viole la intimidad del trabajador al que investiga sacándole fotos dentro de su propio domicilio.

¿Es necesario que existan indicios sólidos antes de contratar a un detective para despedir a un trabajador? El Tribunal Supremo ha concluido que no. Por ejemplo, en la sentencia 551/2023, la Sala de lo Social del TS afirma que «la concurrencia de ligeras sospechas, de meros indicios o de indicios relevantes no determinan la licitud o ilicitud de la prueba en sí misma considerada».

¿Qué más se debe tener en cuenta al contratar a un detective para despedir a un trabajador? La jurisprudencia del Alto Tribunal también establece que los informes de los detectives «han de ejecutarse con respeto a los principios de razonabilidad, necesidad, idoneidad y proporcionalidad».

Además, se debe garantizar la confidencialidad del proceso de investigación. De tal forma que «los datos obtenidos a través de las investigaciones solo se podrán poner a disposición del cliente o, en su caso, de los órganos judiciales».

No todas las pruebas obtenidas por un detective para despedir a un trabajador son válidas

En qué casos no se pueden usar las pruebas recabadas por el detective para despedir a un trabajador

Las pruebas recolectadas por un detective para despedir a un trabajador pueden ser inadmitidas por los tribunales cuando infrinjan los derechos fundamentales del profesional o no cumplan lo establecido por la Ley de Seguridad Privada.

Esta norma es clave a la hora de abordar la validez de las pruebas conseguidas por un detective para despedir a un trabajador. ¿Por qué? En su artículo 48.3 se establece que:

  1. No se puede «investigar la vida íntima de las personas que transcurra en sus domicilios u otros lugares reservados».
  2. No es posible usar medios que «atenten contra el derecho al honor, a la intimidad personal o familiar o a la propia imagen o al secreto de las comunicaciones o a la protección de datos».

Por lo tanto, las pruebas recabadas por un detective para despedir a un trabajador serán ilícitas y no se podrán usar cuando:

  • Se obtengan en el domicilio del trabajador.
  • Las grabaciones o fotografías muestren al trabajador en el jardín o en la terraza de su casa, salvo que sea visible desde la calle y, por lo tanto, el detective no haya menoscabado la inviolabilidad del domicilio del profesional y su derecho a la intimidad.
  • El detective haya forzado la consecución de la prueba. Por ejemplo, en la sentencia 155/2020, el Tribunal Supremo consideró que era ilícito el informe de un detective que había forzado una entrevista con un abogado para demostrar que ofrecía sus servicios de forma paralela al despacho en el que trabajaba dentro de su horario laboral. Esta práctica viola la dignidad del trabajador, de tal forma que provoca la ilicitud de la prueba.

Si la empresa contrata a un detective para despedir a un trabajador no puede pasarle la factura

A priori, parece lógico que si una empresa decide contratar a un detective para despedir a un trabajador, deba ser el negocio el que asuma los honorarios del profesional y los gastos en los que este incurra durante su trabajo (dietas, desplazamientos, etc.).

Pues bien, el Tribunal Supremo se pronunció este mismo verano sobre esta cuestión, a raíz de un caso en el que un despacho de abogados despidió a su director tras constatar que se ausentaba de forma recurrente de su puesto para atender negocios de índole personal, a pesar de haber pactado su dedicación exclusiva a la empresa y cobrar un plus por ello.

La empresa, tras contratar a un detective, pudo constatar que se daban causas de despido disciplinario y extinguió la relación contractual con el profesional, pero, además, le exigió el pago de las facturas del detective. El importe total exigido superaba los 7.000€.

Esta cuestión llegó hasta el Tribunal Supremo. ¿Por qué? La firma consideraba que su reclamación estaba amparada por el artículo 1101 del Código Civil que dice lo siguiente: «quedan sujetos a la indemnización de los daños y perjuicios causados los que en el cumplimiento de sus obligaciones incurrieren en dolo, negligencia o morosidad, y los que de cualquier modo contravinieren al tenor de aquéllas».

¿Cuál es el veredicto del TS sobre la posibilidad de contratar a un detective para despedir a un trabajador y exigir que sea este quien se haga cargo del coste? En su sentencia 656/2025, el Tribunal Supremo nos recuerda que:

  • Aunque el profesional incurriese en dolo al infringir sus obligaciones, esta actuación ya conllevó su despido disciplinario y, por lo tanto, se fue de la empresa sin derecho a cobrar ningún tipo de indemnización, con lo que «saldó su responsabilidad contractual».
  • Si bien la empresa estaba obligada a acreditar la causa de despido para llevarlo a cabo, tenía plena libertad para escoger los medios probatorios a emplear, «y si eligió contratar a un detective para la observación del trabajador durante más o menos días, a ella le corresponde el pago del mismo, no pudiendo repercutirlo en el trabajador despedido».

Por lo tanto, el TS concluye que no se puede contratar a un detective para despedir a un trabajador gracias a la recopilación de pruebas y, después, pretender que sea el propio profesional el que asuma el coste de esta decisión.

En definitiva, las empresas pueden recurrir a investigadores privados para constatar infracciones laborales graves y continuadas de los trabajadores. Sin embargo, es importante tener en cuenta que:

  • Las pruebas de un detective para despedir a un trabajador deben ser lícitas, lo que supone respetar los derechos fundamentales del profesional y, en especial, su derecho a la intimidad dentro de su hogar.
  • El coste de esta medida recae única y exclusivamente en el negocio. Y los detectives privados no son, precisamente, baratos, sobre todo, si tienen que realizar sus tareas de investigación durante periodos de tiempo largos.

Último

Las consecuencias de la moratoria de VeriFactu: En Hacienda no están contentos

El Gobierno ha aprobado una moratoria de VeriFactu para que no sea obligatorio adaptarse a esta normativa hasta 2027

Cómo gestionar la Navidad en una empresa con un software de gestión

Horarios, vacaciones, felicitaciones a clientes, contabilidad de los gastos navideños... ¿Cómo se puede gestionar la Navidad en una empresa?

Cómo aumentar las ventas en Navidad

Todas las empresas pueden aumentar las ventas en Navidad sacándole partido a su CRM para seducir a sus clientes

Los 3 requisitos para determinar que los desplazamientos computan como tiempo de trabajo

El TJUE aborda las claves para saber si los desplazamientos computan como tiempo de trabajo y, por lo tanto, forman parte de la jornada laboral

Newsletter

No te pierdas

Las consecuencias de la moratoria de VeriFactu: En Hacienda no están contentos

El Gobierno ha aprobado una moratoria de VeriFactu para que no sea obligatorio adaptarse a esta normativa hasta 2027

Cómo gestionar la Navidad en una empresa con un software de gestión

Horarios, vacaciones, felicitaciones a clientes, contabilidad de los gastos navideños... ¿Cómo se puede gestionar la Navidad en una empresa?

Cómo aumentar las ventas en Navidad

Todas las empresas pueden aumentar las ventas en Navidad sacándole partido a su CRM para seducir a sus clientes

Los 3 requisitos para determinar que los desplazamientos computan como tiempo de trabajo

El TJUE aborda las claves para saber si los desplazamientos computan como tiempo de trabajo y, por lo tanto, forman parte de la jornada laboral

Despido por cotillear información de clientes: ¿Es posible?

El TSJ de Cataluña ha valido un despido por cotillear información de clientes incumpliendo la normativa interna sobre confidencialidad
Martina Cobos
Martina Cobos
Redactora especializada en cuestiones Legales, Laborales y Fiscales que afectan a las empresas. Las leyes cambian constantemente, por eso, es imprescindible estar siempre al día.

Las consecuencias de la moratoria de VeriFactu: En Hacienda no están contentos

El Gobierno ha aprobado una moratoria de VeriFactu para que no sea obligatorio adaptarse a esta normativa hasta 2027

Cómo gestionar la Navidad en una empresa con un software de gestión

Horarios, vacaciones, felicitaciones a clientes, contabilidad de los gastos navideños... ¿Cómo se puede gestionar la Navidad en una empresa?

Cómo aumentar las ventas en Navidad

Todas las empresas pueden aumentar las ventas en Navidad sacándole partido a su CRM para seducir a sus clientes