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El Ministerio de Consumo ha multado a varios negocios por infringir su obligación de aceptar pagos en efectivo contraviniendo la normativa de protección de los consumidores
Aumento del teletrabajo, búsqueda de experiencias, revalorización de tener una casa en el rural… La pandemia provocó cambios que se han ido consolidando a lo largo de este lustro. Uno de ellos es la preminencia de los pagos con tarjeta o Bizum frente al uso de dinero en metálico. A lo que debemos sumar el crecimiento exponencial del mercado de criptomonedas, que ha llevado a la propia Unión Europea a plantearse la creación del euro digital.
Este retroceso de los billetes y las monedas frente a otras formas de pago, ¿implica que un negocio puede no aceptar dinero físico? ¿O existe la obligación de aceptar pagos en efectivo en España?
A continuación, te vamos a contar qué dicen las normas de protección de los consumidores y fiscales para que sepas en qué casos tu negocio debe cumplir con la obligación de aceptar pagos en efectivo y en cuáles, si lo hace, se expone a estar infringiendo la normativa de lucha contra el fraude fiscal.
Qué dice la Ley de Defensa de los Consumidores sobre la obligación de aceptar pagos en efectivo
La Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios establece en su artículo 47 que es una infracción en materia de consumo «la negativa a aceptar el pago en efectivo como medio de pago dentro de los límites establecidos por la normativa tributaria y de prevención y lucha contra el fraude fiscal».
Así, a diferencia del pago con tarjeta, que no es obligatorio aún en nuestro país, sí existe la obligación de aceptar pagos en efectivo.
Eso sí, la norma contempla una excepción a la obligación de aceptar pagos en efectivo: que su cuantía sea superior a los límites fijados en las normas fiscales.
¿Es previsible que en los próximos años se obligue a los negocios a que faciliten el pago con tarjeta a sus clientes? Es una medida que se ha debatido ampliamente y a la que se oponen, sobre todo, los pequeños comercios y los profesionales independientes. ¿Por qué? El pago con tarjeta les obliga a contratar un datáfono con el banco.
Sin embargo, resulta evidente que cada vez menos personas, sobre todo entre los sectores más jóvenes de la sociedad, portan dinero en metálico consigo y se han acostumbrado a pagar con tarjeta o desde el móvil gracias a la tecnología NFC.
De hecho, algunos negocios, conscientes de este cambio socioeconómico de gran envergadura, han apostado por permitir a sus clientes pagarles a través de Bizum. Así, no tienen que contratar un datáfono, pero permiten a los consumidores pagar bienes y servicios desde el móvil y de una forma ágil y sencilla.
En qué casos no se pueden aceptar pagos en efectivo en nuestro país
Desde 2021, año en el que se redujeron los límites, las empresas y los profesionales no pueden aceptar pagos en efectivo con un importe igual o superior a 1.000€.
Si bien, en caso de que el pagador sea una persona física que no actúa ni como empresario ni como profesional y tiene su domicilio fiscal fuera de España, es posible aceptar pagos en metálico de hasta 10.000€.
Así lo establece el artículo 7 de la Ley 7/2012 que instauró medidas contra el fraude fiscal.
Además, esta norma establece que:
- Aceptar y realizar pagos en efectivo superiores a 1.000€ (o 10.000€ en los casos que hemos señalado) es una infracción grave.
- Tanto el pagador como el cobrador son considerados sujetos infractores y deben responder solidariamente de la sanción que se les imponga.
- La sanción consiste en una multa del 25% del importe abonado en metálico. Es decir, si se realiza un pago en efectivo de 2.000€, la sanción tributaria que se deberá pagar será de 500€.
¿Cuál es el objetivo de esta excepción a la obligación de aceptar pagos en efectivo en España? Evitar que las operaciones económicas de elevados importes sirvan para blanquear dinero obtenido a través de actividades ilícitas, a la vez que se evita que determinadas operaciones no se comuniquen a la Agencia Tributaria y, por lo tanto, no se paguen los impuestos asociados a ellas.

¿Puede Consumo imponer multas por infringir la obligación de aceptar pagos en efectivo?
En el apartado anterior vimos que Hacienda puede sancionar a los negocios y a sus clientes por pagos en metálico superiores al límite legal, pero… ¿qué sucede cuando se incumple la obligación de aceptar pagos en efectivo?
No respetar la obligación de aceptar pagos en efectivo supone cometer una infracción leve en materia de consumo, según el artículo 48 de la Ley de Defensa de los Consumidores y los Usuarios.
Como consecuencia de ello, se puede imponer a las empresas y a los profesionales una multa de entre 150€ y 10.000€. Para determinar su cuantía exacta en cada caso, el artículo 49 de la LDCU establece que se debe tener en cuenta la capacidad económica del negocio, su nivel de culpabilidad, el carácter continuado de la infracción, el número de consumidores afectados o el daño generado.
Pues bien, el Ministerio de Consumo, de acuerdo a esta normativa, está sancionando a empresas que infringen su obligación de aceptar pagos en efectivo.
De ahí que sea de capital importancia que los negocios no se olviden de que deben cumplir la obligación de aceptar pagos en efectivo de hasta 1.000€. De lo contrario, se exponen a conflictos con los consumidores a los que no se les permite pagar usando dinero en metálico y procedimientos sancionadores por parte de Consumo.
Evita sanciones fiscales y de consumo
En definitiva, aunque los billetes y las monedas han desaparecido de las carteras de muchas personas, aún hay millones de consumidores que usan dinero en metálico en su día a día. Sobre todo, entre los sectores sociales menos digitalizados como las personas mayores.
Ante el retroceso del dinero en metálico y las denuncias de consumidores a los que no se les ha querido cobrar en efectivo, es fundamental recordar que las empresas y los profesionales deben cumplir con su obligación de aceptar pagos en efectivo y, si no lo hacen, Consumo puede llegar a multarlos.
Para evitar problemas tanto con Hacienda como con Consumo relacionados con los pagos de los clientes, es crítico que los negocios y los autónomos tengan software de facturación certificados que les permitan documentar todas sus operaciones y disponer de pruebas en caso de que las soliciten las autoridades competentes.