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Horas extra no compensadas. ¿Los trabajadores deben probarlas?

El TS ha aclarado que los trabajadores deben aportar indicios de la realización de horas extra no compensadas por sus empresas

Casi el 40% de las horas extra realizadas en España en 2025 no se compensaron ni con descanso, ni con dinero. Este dato de la Encuesta de Población Activa (EPA), nos deja entrever que las horas extra no compensadas son uno de los focos de conflicto laboral más importantes en España.

Por eso, no debe sorprendernos que lleguen a los tribunales españoles reclamaciones de horas extra no compensadas.

Pues bien, el Tribunal Supremo emitió hace unas semanas una sentencia clave (nº 372/2026) sobre la demostración de las horas extra no compensadas. ¿Tiene que ser el trabajador quien pruebe que hizo horas extra no compensadas? ¿Debe ser la empresa la que asuma la carga de prueba? ¿Qué pasa si la empresa incumplió su obligación de registrar diariamente las jornadas laborales y las horas extra?

En este artículo, te vamos a aclarar todas las dudas en torno a los conflictos sobre horas extra no compensadas a partir de la doctrina de nuestro Alto Tribunal. Además, te vamos a explicar por qué es clave contar con un sistema de registro horario objetivo y fiable y qué va a cambiar cuando el Gobierno apruebe el registro de jornada digital obligatorio.

Las horas extra se deben registrar y compensar

El Estatuto de los Trabajadores establece en su artículo 35 que:

  1. Las horas extraordinarias deben ser compensadas con dinero o descanso.
  2. Se puede pactar la forma de compensación de las horas extra mediante convenio colectivo o, en su defecto, a través del contrato.
  3. Si se opta por abonar las horas extra, la cuantía fijada no puede ser inferior a la establecida para las horas ordinarias de trabajo.
  4. Si no se pacta la forma de compensar las horas extra, estas deberán ser compensadas con horas equivalentes de descanso dentro de los 4 meses siguientes a que hayan sido realizadas.
  5. Las horas extra anuales no pueden ser superiores a 80.
  6. Para computar las horas extra, las empresas están obligadas a:
    • Registrar diariamente las jornadas de sus trabajadores.
    • Sumar todas las horas extra realizadas a lo largo del mes.
    • Entregar junto a la nómina una copia resumen de las horas extra trabajadas.

Además, esta norma también fija que las empresas deben llevar un registro diario de las jornadas laborales en el que figuren el horario concreto de inicio y final de cada jornada laboral. Este registro debe estar documentado y lo fichajes diarios tienen que conservarse durante cuatro años y tenerlos a disposición de los trabajadores, sus representantes y la Inspección de Trabajo.

No registrar o compensar las horas extra es una infracción laboral

Infringir cualquier de las obligaciones que venimos de apuntar supone estar cometiendo una infracción laboral grave de acuerdo al Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

De tal forma que esta clase de infracción está castigada con multas de entre 751€ y 7.500€ en función de la gravedad del incumplimiento cometido por la empresa.

Además, los trabajadores tienen derecho a reclamar cantidades por las horas extra no compensadas por su empresa.

Si la empresa cuenta con un sistema de registro horario objetivo y fiable, debe ser el trabajador el que pruebe que realizó las horas extra que dice haber trabajado y que no han sido compensadas con descanso o remuneración.

Pero… ¿qué pasa si la empresa no cumple con sus obligaciones de registro horario y de control de las horas extra? ¿La carga de prueba se invierte? ¿Debe ser la empresa la que demuestre que las horas extra alegadas por el trabajador no se realizaron?

Si no se lleva un registro de jornada de forma eficaz, la empresa debe probar la no realización de horas extra no compensadas

Así llegamos a la cuestión clave abordada por el Tribunal Supremo en su reciente sentencia. Pues bien, según el TS, cuando no se ha llevado un registro horario comprobable y existe un horario prefijado y perfectamente pactado y conocido por las partes, lo que es lo habitual en la práctica totalidad de negocios, la empresa debe asumir «la carga de prueba del cumplimiento del horario, sin excesos de jornada».

Es decir, que las empresas deben aportar pruebas que permitan demostrar que los trabajadores reclamantes no hicieron las horas extra que alegan haber trabajado.

La reclamación de horas extra no compensadas exige que se aporten indicios de lo reclamado

Eso sí: Los trabajadores deben aportar previamente indicios sobre horas extra no compensadas

A pesar de lo que venimos de apuntar, la sentencia del Tribunal Supremo limita esta inversión de la carga de prueba. ¿Por qué? Según el Tribunal Supremo, «la ausencia del registro de jornada cuando existe un horario fijo predeterminado que se cumple habitualmente no puede ser magnificada».

De hecho, el TS ha concluido que el trabajador debe acreditar que el horario prefijado no se corresponde con la realidad y que, por lo tanto, realizó horas extra no compensadas. Eso sí, no se le puede reclamar al trabajador «otra cosa que la aportación de indicios suficientes de que se producen incumplimientos del mismo, que es lo que confiere de nuevo al registro de jornada la relevancia de su función de garantía».

Por ello, según nuestro Alto Tribunal un trabajador que quiera reclamar horas extra no compensadas debe aportar en su demanda indicios de que asumió excesos de jornada con respecto a su horario fijo. Y, si efectivamente existen indicios de que se trabajaron horas extra no compensadas, corresponderá a la empresa probar que no se realizaron dichas horas. ¿De qué clase de indicios hablamos? Mensajes, fotografías, testimonios de terceros que evidencien que un profesional trabajó fuera de su horario.

Además, en su sentencia, el TS deja claro que la empresa no debe ser condenada a pagar la cantidad reclamada por un trabajador en concepto de horas extra no compensadas, sino que el trabajador debe identificar «cuáles son las horas trabajadas, aportando una cuantificación suficientemente precisa que permita al empresario articular su defensa y que delimite el objeto del litigio».

El registro horario es clave para rebatir los indicios de los trabajadores sobre horas extra no compensadas

¿Qué evidencia la sentencia del TS sobre la demostración de las horas extra no compensadas? Las consecuencias de no tener un registro horario objetivo y fiable pueden ser graves para las empresas:

  • Cuantiosas sanciones laborales.
  • Conflictos con los trabajadores que pueden acabar en los tribunales y conllevar el abono de las horas extra no compensadas.

Gracias a un software de registro horario gratis o de pago, las empresas pueden demostrar que los trabajadores no han realizado horas extra no compensadas. Esta clase de solución permite que:

  1. Los trabajadores fichen personal y autónomamente.
  2. Se registren de forma exacta el inicio y el final de cada jornada.
  3. Se contabilicen automáticamente las horas extra realizadas diariamente.
  4. Se pueda llevar un control exhaustivo y eficaz de las horas extra para poder compensarlas en función de lo pactado.
  5. Sea posible entregar copias a los trabajadores con las horas extra realizadas.
  6. Los asientos de registro horario sean objetivos y fiables porque no pueden ser modificados salvo que la empresa y el trabajador estén de acuerdo, por ejemplo, para subsanar un error o un olvido.

El inminente registro horario digital obligatorio ¿va a poner fin a los conflictos en torno a horas extra no compensadas?

Esta sentencia del Tribunal Supremo sobre reclamaciones de horas extra no compensadas llega en un momento clave para el registro horario en las empresas. El Real Decreto que va a regular la obligatoriedad de usar soluciones digitales para registrar las jornadas laborales está a punto de ser aprobado.

Esta norma ya ha superado todos los trámites previos a su aprobación y solo queda que el Ministerio de Trabajo y el de Economía lleguen a un consenso sobre su redacción final y, sobre todo, sobre sus plazos de implementación para que reciba el visto bueno definitivo del Consejo de Ministros.

¿Qué va a suceder cuando el registro horario digital sea obligatorio en las empresas? ¿Se van a erradicar los conflictos sobre horas extra no pagadas? El objetivo de esta nueva normativa es evitar que se realicen horas extra que no queden reflejadas en el registro de jornada y que, por lo tanto, no se abonen o compensen con descanso.

Con un programa de control horario, una empresa reduce al mínimo posible los potenciales conflictos con sus trabajadores sobre horas extra no compensadas y dispone de pruebas fiables para demostrar que todas las horas extraordinarias se han compensado adecuadamente.

En definitiva, el Tribunal Supremo ha equilibrado las obligaciones de empresas y trabajadores en los conflictos sobre horas extra no compensadas. De tal forma que, aunque una empresa no lleve a cabo el registro horario de forma adecuada, el trabajador que desee reclamar horas extra no compensadas debe aportar indicios que sustenten su reclamación. Si bien, en caso de que haya indicios, la empresa deberá demostrar que las horas alegadas no fueron trabajadas.

Si a ello le sumamos la imposición de multas económicas por parte de la Inspección de Trabajo, resulta evidente que las empresas que deseen ahorrarse quebraderos de cabeza y notables consecuencias económicas necesitan contar con un sistema de registro horario objetivo y fiable.

Además, la inminente aprobación del registro horario digital obligatorio va a suponer que todos los negocios deberán contar con una solución que garantice el fichaje directo de todos los profesionales, sin que puedan producirse alteraciones indebidas.

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Martina Cobos
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Redactora especializada en cuestiones Legales, Laborales y Fiscales que afectan a las empresas. Las leyes cambian constantemente, por eso, es imprescindible estar siempre al día.

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