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Registro horario digital obligatorio: ¿Cuándo se va a aprobar?

El Ministerio de Trabajo ha insistido en que la aprobación del registro horario digital obligatorio se producirá en algún Consejo de Ministros antes del parón de agosto

El 42% de las horas extra realizadas en el primer trimestre de 2026 no se pagaron. Este dato de la Encuesta de Población Activa (EPA) nos permite poner el foco en la que se prevé que sea una de las reformas normativas más relevantes de 2026 en el ámbito laboral y empresarial: la aprobación del registro horario digital obligatorio.

El registro horario digital obligatorio ha sido defendido durante años por las principales organizaciones sindicales y fue incluido en el proyecto de Ley de reducción de la jornada laboral. Sin embargo, como todos sabemos, dicha norma fue rechazada por la mayoría absoluta del Congreso de los Diputados.

Tras dicho suceso, que tuvo lugar al inicio del otoño de 2025, el Ministerio de Trabajo puso en marcha el proceso para aprobar el registro horario digital obligatorio a través de un Real Decreto. De esta forma, se buscaba garantizar que la norma saldría adelante, puesto que los RD solo tienen que ser aprobados por el Consejo de Ministros, no por el poder legislativo.

Las claves del borrador inicial del RD de registro horario digital obligatorio eran que:

  • Las empresas tendrían que contar con sistemas informáticos para cumplir su obligación de registrar diariamente las jornadas de sus trabajadores y las horas extra realizadas.
  • Los trabajadores deberían poder fichar personal y directamente.
  • Las empresas tendrían que entregar copias resúmenes con las horas trabajadas junto a las nóminas.
  • Los asientos solo se podrían modificar por errores y estando de acuerdo tanto las empresas como los trabajadores. En caso de desacuerdo, las empresas podrían corregir los fichajes, pero dejando constancia de la oposición de los profesionales.
  • Los trabajadores y sus representantes legales tendrían derecho a consultar los registros.
  • La Inspección de Trabajo podría conectarse en remoto para consultar los fichajes en tiempo real.

A pesar de que las previsiones iniciales eran que el registro horario digital obligatorio se aprobase durante la primavera de 2026, eso no sucedió. ¿Por qué? Discrepancias en el seno del Gobierno y el duro informe preceptivo, pero no vinculante, que emitió el Consejo de Estado sobre esta reforma normativa.

Por qué el Consejo de Estado cuestionó el RD de registro horario digital obligatorio

Básicamente, el Consejo de Estado estableció en su informe que era necesario aprobar medidas para combatir las horas extra no compensadas con remuneración o descanso equivalente, pero cuestionó la norma diseñada desde Trabajo porque:

  1. El registro horario digital obligatorio debería aprobarse a través de una reforma legal y no de un Real Decreto, porque puede estar invadiendo competencias legislativas, como ha defendido la patronal.
  2. El proyecto de RD no contaba con un análisis del impacto que tendrá el registro horario digital obligatorio. Una medida que obligará a todo el tejido productivo español a contar con un software de control horario.
  3. No se contemplaban en el proyecto original las necesidades específicas de algunos sectores económicos y la posibilidad de adaptar la norma a dichas necesidades. Por ejemplo, en el sector primario o en la hostelería.
  4. No se incluían medidas eficaces para asegurar la protección de datos personales de los trabajadores, limitando el tratamiento de los datos al registrar los fichajes o al permitir el acceso a los mismos por parte de sindicatos e inspectores.

Por qué se está retrasando la aprobación del registro horario digital obligatorio

El informe del Consejo de Estado además de cuestionar el proyecto de RD de registro horario digital obligatorio, evidenció la existencia de un conflicto en el seno del Gobierno en torno a esta medida.

¿Por qué? El Consejo de Estado hizo mención expresa a los informes desfavorables del Ministerio de Economía, el Ministerio de Función Pública y la Agencia Española de Protección de Datos que cuestionaban la redacción y el impacto de la norma.

Así, la opinión pública descubrió que el Ministerio de Trabajo y el de Economía mantienen importantes desacuerdos sobre cómo debe ser la normativa de registro horario digital obligatorio.

Especialmente, existe una disputa en torno al plazo de implementación de esta obligación. En su redacción original, el RD contemplaba que entrara en vigor a los 20 días de aprobarse. Mientras que el Ministerio de Economía planteaba un plazo de adaptación de 1 año. Además, también hay un desacuerdo en la adopción de medidas específicas para facilitar la adaptación de las pymes a esta nueva obligación normativa.

El otro motivo por el que se ha retraso la aprobación del registro horario digital obligatorio es la necesidad de modificar el proyecto de RD para tener en cuenta el dictamen del Consejo de Estado, sobre todo, en lo relativo a la protección de datos.

Como consecuencia de todo ello, aunque han pasado tres meses desde que el Consejo de Estado emitió su informe preceptivo, la norma no ha llegado aún al Consejo de Ministros.

Durante este periodo temporal, los sindicatos han ido elevando la presión sobre el Gobierno. De hecho, en las últimas semanas se han intensificado las críticas desde las principales organizaciones sindicales que han llegado a sostener que están hartas de la parálisis del registro horario digital obligatorio. Lo que llevó a la ministra de Trabajo a garantizar en un congreso de sindicalistas europeos que se va a aprobar.

El registro horario digital obligatorio va a transformar la forma en que los trabajadores fichan

Cuál es el plazo más probable para la entrada en vigor del registro horario digital obligatorio

Hace unas semanas, el secretario de estado de Trabajo aseguró que el registro horario digital obligatorio se aprobaría antes del verano. Es decir, que el Consejo de Ministros le daría su visto bueno definitivo antes de la pausa de agosto.

Por lo tanto, si se cumple este plazo, el RD de registro horario digital obligatorio debería ver la luz en alguno de los Consejos de Ministros de julio. Si como se prevé, Economía y Trabajo están negociando un plazo de implementación de 6 meses e, incluso, la posibilidad de fijar dos plazos distintos, uno para pymes y autónomos y el otro para grandes empresas, la entrada en vigor de esta nueva obligación no se produciría hasta 2027.

Sin embargo, es conveniente que el tejido productivo se adapte cuanto antes a una reforma que va a cambiar no solo la forma en que fichan los trabajadores, sino la manera en que las empresas controlan los fichajes y cumplen con sus obligaciones de registro de las jornadas laborales y las horas extra.

Más allá de la obligación: Cuáles son los beneficios de usar un software de control horario

Emplear un software de registro horario no solo va a ser obligatorio en el futuro inmediato, sino que trae consigo ventajas notables para las empresas. ¿Cuáles?

  1. El fichaje corre a cargo del trabajador y este puede llevarlo a cabo en tan solo un clic. Además, los programas más avanzados avisan a los trabajadores sobre el inicio y el final de sus jornadas y envían un resumen diario para que sean ellos mismos los que detecten errores en los fichajes.
  2. No solo se registra el inicio y el final de la jornada, sino también las pausas y los descansos, lo que permite tener un mayor control sobre el tiempo de trabajo.
  3. La detección de incumplimientos laborales como retrasos sistematizados en la hora de entrada o fichar desde lugares que no son el espacio de trabajo resulta mucho más sencilla. Además, se dispone de pruebas veraces para imponer sanciones por los incumplimientos o llevar a cabo despidos disciplinarios.
  4. El control de las horas extra realizadas es más sencillo. En una sola pantalla se pueden visualizar las horas extra y analizar las causas para prevenir la realización de horas extra no justificadas. Además, se automatiza el cálculo de las horas extra por trabajador y se puede gestionar con suma facilidad su compensación en forma de descanso o retribución.
  5. Se pueden obtener informes automáticos sobre las jornadas laborales y las horas extra para analizarlos y para elaborar las nóminas y entregar copias resúmenes a los trabajadores junto con ellas.
  6. La subsanación de errores es muy sencilla y queda registrada, lo que permite prevenir conflictos con los trabajadores.
  7. Esta clase de programa facilita la creación de los horarios de los trabajadores, la elaboración del calendario de vacaciones y la organización de los turnos de trabajo. De tal forma que una empresa pueda optimizar la máximo las jornadas laborales y la distribución de los profesionales.
  8. También resulta posible gestionar las bajas médicas, las ausencias y los permisos, pudiendo sistematizar el almacenamiento de la documentación relacionada con ellos.
  9. Se evitan incumplimientos con respecto a la obligación legal de almacenar los fichajes durante 4 años y se ahorran problemas con respecto a cómo y dónde se guardan los registros.

En definitiva, el registro horario digital obligatorio se encuentra, definitivamente, en el tramo final de su proceso de aprobación. Actualmente, el ministerio de Trabajo y el de Economía están negociando los flecos de la reforma para llevarla al Consejo de Ministros. De ahí que aunque aún no sabemos cuándo va a entrar en vigor el registro horario digital obligatorio, lo más previsible es que suceda a lo largo de 2027.

De tal forma que el registro horario digital obligatorio se sumará a la implementación de VeriFactu y de la facturación electrónica entre negocios, dentro de un nuevo marco normativo de digitalización de la gestión de las empresas.

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Martina Cobos
Martina Cobos
Redactora especializada en cuestiones Legales, Laborales y Fiscales que afectan a las empresas. Las leyes cambian constantemente, por eso, es imprescindible estar siempre al día.

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